Tras denuncia de Diputada Goic Sernac detecta cláusulas abusivas en contratos bancarios 08/01/10

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El Sernac detectó una serie de graves incumplimientos en contratos bancarios en casi el 90% de las entidades, las que incluyen cláusulas abusivas que atentan contra los derechos de los consumidores y cambios unilaterales de las condiciones pactadas en el mercado financiero.
De acuerdo a lo señalado por la Diputada Carolina Goic, la Ley resguarda la equidad de los contratos y prohíbe, dejando sin efecto, las cláusulas que rompen esta equidad, las que estima abusivas. Por tanto, incluso contrario a la creencia popular, aunque el consumidor haya leído, aceptado y firmado el contrato, estas cláusulas no tienen ningún valor porque los derechos de los consumidores son irrenunciables de manera anticipada, reafirma.
Más adelante indicó que en este sentido, las fallas identificadas por el SERNAC en relación a los contratos bancarios se pueden resumir en cláusulas que facultan a la empresa para cambiar el precio, por ejemplo, el monto de las comisiones o los intereses.
A modo de ejemplo y de acuerdo al informe de Sernac, la cláusula 50 del contrato de tarjeta de crédito del Banco del Desarrollo indica: “El Emisor podrá modificar el presente contrato en cualquier momento en materias relativas a comisiones, intereses, limite de crédito y cargos por mantención”. Por su parte, la cláusula 19 del contrato de tarjeta de crédito de Credichile señala que “El Banco queda facultado para modificar tanto el monto de las comisiones como las modalidades y condiciones aplicables para su cobro.”, en qué mundo estamos dice Carolina Goic.
La parlamentaria magallánica manifestó que hay cláusulas que incluso autorizan al banco a aumentar o disminuir el monto de la línea de crédito a su arbitrio, lo que provoca un desequilibrio importante pues el consumidor asume compromisos con la confianza de que cuenta con el respaldo de determinado monto y condiciones.
Otro caso se da en la cláusula del contrato de tarjeta de Crédito de Credichile que indica que “La tarjeta es propiedad del banco, el cual podrá en forma unilateral revocarla anticipadamente o no renovarla, pudiendo o no expresar los motivos”.
Consultada sobre las multas que arriesgan las instituciones infractoras Goic señaló que según lo informado por el Sernac, los bancos arriesgan multas de hasta 50 UTM (casi $2.000.000), sin perjuicio de las sanciones que pueda imponer la autoridad correspondiente.
Los bancos analizados fueron Banco Falabella, Banco Security, Banco Ripley, Banco Chile, Credichile, Banco del Desarrollo, Banco BBVA, Banco Itaú, Banco Internacional, Banco Estado, Banco Santander, Banco BCI, Banco Paris, Banco Bice, Banco Scotiabank, Corpbanca.